La asistencia para PYMES de Iberdrola te proporciona un servicio de apoyo con un coste adicional de 8,41€/mes y con 12 meses de permanencia. Para contratarlo puedes hacerlo en alguna de sus oficinas, en el teléfono 911 081 098 o a través de su web.
La compañía eléctrica Iberdrola cuenta entre sus servicios con el de asistencia para Pymes. Se trata de un servicio con coste adicional de asesoramiento, relacionado con el servicio eléctrico, pero también a nivel informático e incluso jurídico.
La asistencia para PYMES de Iberdrola nos permitirá contratar diferentes servicios, siempre recomendados por un especialista, que analizará cada caso en particular y nos ofrecerá las mejores características para nuestras necesidades.
Para contratar el seguro de asistencia a PYMES de Iberdrola tenemos varias vías disponibles:
La mejor opción es que llamemos nosotros. Al ser un 900 la llamada es gratuita y además podemos hacerlo desde el sofá de nuestra casa. Si escoges presencial tendrás que buscar cuál es la oficina más cercana.
El servicio de asistencia a PYMES de Iberdrola tiene un coste de 8,41€/mes, y va asociado a 12 meses de compromiso de permanencia.
Cualquier PYME puede disfrutar del servicio de asistencia de Iberdrola. El único requisito para poder contratarla es tener constituida una pequeña o mediana empresa y ser cliente de la compañía eléctrica.
Las opiniones acerca de la asistencia a PYMES Iberdrola son mayoritariamente positivas, puesto que es un servicio económico que aporta un gran valor a nuestras gestiones más comunes. De entre los aspectos más destacados por los clientes que opinan acerca del servicio, podemos destacar los siguientes:
Para dar de baja el servicio de asistencia a PYMES de Iberdrola no tendremos más que ponernos en contacto con la compañía, a través de sus principales canales de comunicación, que son:
El servicio de asistencia pymes no tiene permanencias, al contrario de lo que ocurre en otro tipo de mantenimientos que ofrece la eléctrica. Según se especifica en las condiciones contractuales, la duración de la asistencia será la misma que la del servicio de suministro que la compañía tenga contratado.
Por lo tanto, se podrá dar de baja de forma simultánea, sin riesgo a penalizaciones por permanencia.