Dar de alta el gas en Repsol permitirá activar un contrato de suministro de gas suspendido o también, realizar un contrato nuevo en un inmueble sin servicio previo. La contratación se lleva a cabo a través de los canales habituales de la comercializadora, y, puede ser combinada con la contratación de luz.
En primer lugar, antes de dar de alta Repsol es importante tener en cuenta si se trata de reactivar un suministro ya existente o crear un suministro nuevo.
La solicitud de dar el alta del gas tras los pasos anteriores se puede realizar a través del teléfono de la comercializadora, o de manera presencial. También es posible obtener información a través de la oficina online de Repsol.
La documentación necesaria para contratar el gas con Repsol trata de identificar al usuario y facilitar una serie de datos que permitirán a la compañía mantener el contacto con el cliente, por diversas circunstancias que puedan surgir. En concreto, deberás presentar:
El teléfono para contratación de gas Repsol es el 900 102 190. El horario de atención para contrataciones es de 9:00 de la mañana a 21:00 de lunes a domingo.
No. El gas propano de Repsol, junto al gas butano, se comercializan a través de lo que se denomina Repsol GLP. Aunque los datos identificativos puedan coincidir, no es necesario seguir los mismos pasos que a la hora de contratar gas natural o luz. El teléfono para información o contratación de gas propano en Repsol es el 900 321 900 en horario de 09:00 de la mañana a 21:00 de lunes a domingo.
Las tarifas para dar de alta el gas en Repsol dependen de dos elementos:
El coste por derechos de acometida se clasifica según el consumo de kWh estimado para el punto de suministro:
Por otro lado, también hay que tener en cuenta el precio de los derechos de alta de gas natural, que dependen de la zona geográfica donde esté el punto de suministro.
Estos derechos dependen de las comunidades autónomas en las que se va a realizar el suministro. Van desde 72€ a 159€.
Los plazos habituales para dar de alta el gas en Repsol van desde los 7 días hasta los 15 días.
La diferencia estriba en que, si una vivienda alquilada ya poseía suministro de gas natural Repsol, simplemente se debe realizar un cambio de titularidad.
Sin embargo, en una vivienda nueva, sin acometida de gas, se deben asumir los costes de acometida y enganche que aumentan el precio del alta.