Los derechos de acceso a la luz son una cantidad que debe pagar el usuario que da de alta la luz en una vivienda. También deben abonarse en el caso de que aumentemos la potencia que tenemos contratada. Dependiendo de la operación exacta y de la cantidad de kW, tendremos que pagar una cantidad u otra.
Los derechos de acceso son aquellos que paga el usuario por hacer uso de la red eléctrica. Son abonados a la distribuidora, que será la empresa permitirá conectar la vivienda o local al suministro eléctrico.
Existen 3 momentos diferentes en los que se tiene que pagar este acceso:
El precio por los derechos de acceso es siempre el mismo, independientemente de cuál sea la distribuidora con la que lo realices. El importe será de 19,70€/kW. Es decir, la cantidad total a abonar dependerá de la gestión exacta que se quiera realizar, así como de la cantidad de kW de potencia que se contraten.
Para calcular este importe basta con hacer una operación. Habrá que multiplicar el precio establecido de 19,70€/kW por los kW de potencia contratada. Por ejemplo, si vamos a contratar 3,4kW debemos abonar: 19,70 x 3,4 = 66,98€.
Aquí la multiplicación no se hará por los kW contratados. Solo se tendrá en cuenta la diferencia de tramo entre la potencia que se contrata y la potencia que ya se tenía. El resultado de esta resta será lo que haya que multiplicar por 19,70€.
Es decir, si un hogar tiene una potencia de 3,4kW, y necesita cambiar a una de 4,6kW debemos hacer la siguiente operación para saber cuánto nos cobrará la distribuidora: 4,6kW - 3,4kW = 1,2kW x 19,70 = 23,64€
Junto a los importes de término fijo y consumo encontraremos también los derechos de acceso. Sólo los encontraremos en la primera factura tras la operación de cambio o alta de suministro.
Sí. El total a abonar por los derechos de acceso irá a parar a la distribuidora. Aunque se incluya en la factura a tu comercializadora, esta hará llegar los importes a la primera. Tú solo deberás preocuparte de pagar la factura correspondiente.
Los derechos de acceso solo se pagan una vez. Ya sea cuando se realiza el alta o bien cuando se realiza el aumento de potencia. Se te cobrarán en la primera factura. Salvo que realices posteriormente algún cambio más como por ejemplo, aumentar más la potencia no se te volverán a cobrar.
Además del derecho de acceso existen varios más pero cada uno tiene un objetivo y un precio distinto. Todos estos derechos son de acometida