Derechos de acometida: definición y precios
Los derechos de acometida son todos los gastos asociados a las nuevas altas de suministro y son: de acceso, de extensión, de verificación y de enganche. Estos derechos tienen un precio variable según la potencia contratada.

¿Qué son los derechos de acometida?
Los derechos de acometida son el conjunto de costes que se aplican cuando se solicitan servicios que suponen una nueva alta de suministro eléctrico, un cambio de tarifa, o una ampliación de potencia. Se corresponden con 4 conceptos:
- Acceso
- Extensión
- Verificación
- Enganche
Son costes que se incluyen en la factura eléctrica de la comercializadora pero que corresponden a la distribuidora.
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Diferentes derechos de acometida
Cuando se habla de derechos de acometida se citan 4 conceptos que son los que conforman el conjunto de estos derechos. Cada concepto tiene una función y un coste diferente.
- Derechos de extensión: estos derechos se pagan cuando existe la necesidad de modificación por parte de la distribuidora de alguna infraestructura eléctrica. Tienen una vigencia de 3 años. Se abonarán con nuevas altas, o con la recuperación de suministros que hayan estado más de 3 años suspendidos. También se abonan en una ampliación de potencia
- Derechos de acceso: son los derechos que se pagan por el flujo de la energía utilizando la infraestructura de transporte eléctrica. Se abonan con suministros a nuevas instalaciones, reactivación de suministros dados de baja o aumento de potencia, abonando la diferencia respecto a la anterior potencia
- Derechos de verificación: son los derechos que se abonan por el control y verificación de las instalaciones eléctricas. Estas verificaciones buscan comprobar las condiciones técnicas y legales de las instalaciones. Se pagan con los cambios de suministro, aunque puede quedar exento quien haya presentado un proyecto y certificado final o un boletín de proveedor autorizado
- Derechos de enganche: son los derechos que se pagan por la conexión a la red eléctrica. Se abonarán con nuevas altas o cuando se realizan modificaciones sobre las potencias contratadas
Precio de los derechos de acometida
El precio de los derechos de acometida depende de cada uno de ellos por separado, resultando el precio final de la suma de todos ellos. Estos son los precios aproximados:
- Precio de los derechos de extensión: 17,37€/kW multiplicado por la potencia a contratar. En el caso de una ampliación de potencia se paga por cada kW que se amplíe
- Precio de los derechos de acceso: 19,70€/kW € multiplicado por la potencia a contratar. O la potencia a aumentar, si se trata de un cambio de potencia
- Precio de los derechos de verificación: 8,01€
- Precio por los derechos de enganche: 9,04€
A todos los precios debe sumarse el IVA correspondiente. Los dos últimos son costes fijos, que no dependen de la potencia contratada o modificada.

¿Dónde puedo ver los derechos de acometida en mi factura?
Los derechos de acometida se incluyen en la primera factura emitida tras el inicio del suministro. Se encuentran desglosados por conceptos de manera clara y legible.
¿Quién paga los derechos de acometida?
Los derechos de acometida son abonados por el usuario que solicita el alta de suministro o el servicios que motiva la modificación en el suministro.