Un fraude de la luz en las comercializadoras es una técnica utilizada para aprovecharse de la buena fe o el desconocimiento de los clientes para beneficio propio. A continuación vamos a ver las técnicas de engaño más comunes que utilizaban este tipo de compañías. El objetivo es que sepas cómo actuar y defenderte si te ves en alguna de estas situaciones.
Entre los fraudes más comunes se encuentra la letra pequeña, en especial dentro de los servicios de mantenimiento. A la hora de firmar el contrato te lo 'venden' con muchas coberturas pero, al querer utilizarlo, aplican límites muy restrictivos.
La mayoría de las eléctricas aseguran que no tienen permanencia. Esto no es cierto, puesto que si añades alguna cobertura para mantenimiento, esta sí tendrá permanencia. En consecuencia, si pruebas a darte de baja antes de la finalización del contrato, aplican penalizaciones.
La contratación de servicios de mantenimiento tiene, por lo general, vigencia de un año. Para darte de baja tendrás que avisar, al menos, con 15 días de antelación para que no se renueve por un año más. Si intentas darte de baja cuando, por ejemplo, te queden 6 meses por 'disfrutar' del servicio de mantenimiento, tendrás que abonarlos.
Otro de los fraudes más comunes es no dejar que el cliente elija libremente, en especial la tarifas PVPC. Es muy habitual que las empresas del mercado libre presionen a sus clientes, o bien para que no contraten esta tarifa, o bien para que no continúen con ella. Los datos certifican, sin embargo, que la tarifa PVPC suele ser la opción más económica en todos los rangos de consumo, año tras año.
También hay fraudes que, por la cantidad de quejas de usuarios, se ha visto que hacen compañías concretas. Por ejemplo, Naturgy, hacía creer a sus clientes de gas, de la antigua tarifa 3.1, que necesitaban una superior por su consumo.
Era una práctica habitual entre sus vendedores a puerta fría, según diversas denuncias presentadas ante organizaciones de consumo. Pasar a una tarifa 3.2 tiene un coste fijo mensual del doble de valor que la tarifa 3.1.
Iberdrola, por su parte, también contaba con un par de fraudes conocidos. Por un lado, el bajo precio del kWh en su tarifa estable. No te cuentan que, durante los dos primeros meses, tienes un servicio extra gratis. Al tercer mes, cuando lo empiezas a pagar y te quieres dar de baja, hacen que suba tu precio de consumo.
Por otro, a la hora de contratar esta compañía por primera vez, te ofrecían un pack llamado 'Iberdrola Welcome'. Este incluía varios servicios que, pasados unos meses, se empezaban a cobrar. Como la vigencia es de un año el cliente solo puede:
Endesa también es otra de las comercializadoras con fraudes de suministros. Un conflicto habitual entre compañía y clientes es la ubicación de los puntos de carga del coche eléctrico. La compañía va a elegir por ti un punto de recarga. Si no estás conforme con el mismo, tendrás que pagar como extra los metros que separan uno y otro lugar.
Con las tarifas de Endesa también había problemas. En particular con la denominada 'Endesa Tranquilidad'. Aunque ahora ya no existe como opción al contratar, sigue vigente para aquellos usuarios que la contrataron. Vendían un término fijo muy barato, pero el precio de consumo es excesivamente alto.
Otro de los fraudes generalizados es el de acusar al cliente de la manipulación de su contador del suministro. Este tipo de multas pueden
según la Ley Orgánica 15/2003. Pero, ¿qué hacer en este caso? Sin duda alguna, reclamar.Primero habrá que intentar solicitar a la comercializadora que presente tanto el informe como las pruebas de la manipulación del contador. Al tratarse de un fraude, no van a tener tales pruebas, por lo que lo siguiente será acudir a un juzgado.
Eso sí, es recomendable pagar la multa, aunque sea a través de pago fraccionado, para no quedarse sin luz. Y recuperar posteriormente el dinero, cuando el proceso finalice. Para acudir al juzgado necesitarás:
Una vez el juzgado ha recibido toda la documentación, llegará la citación. En este caso debes tener en cuenta el importe de la cuantía a pagar. Si esta supera los 2.000€ será necesario que contrates un procurador y un abogado. En caso contrario no. Y, sobre todo, tranquilidad. La mayoría de estas sentencias salen a favor del cliente siempre y cuando no haya pruebas incriminatorias.
En primer lugar, cuando existe un problema con la comercializadora eléctrica, debes poner una reclamación a la propia compañía. Todas estas empresas deben tener un departamento al que acudir en el que poner las reclamaciones y las quejas.
Si pasado el tiempo no has recibido respuesta o no estás conformes con ella, entonces será el momento de acudir a la administración.
Hay dos tipos de reclamaciones distintas, las que correspondan a la Administración competente en materia de consumo y las que correspondan a la Administración que tenga competencias en materia de energía.
En este caso existen tres formas de proceder la queja o reclamación, acudir al Sistema Arbitral de Consumo o determinados supuestos de personas que disfrutan del bono social. Las dos primeras se recogen en la Ley 13/2003, de 17 de diciembre; mientras que la última parte del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre.
Para realizar este tipo de reclamaciones debemos tener en cuenta la ubicación del suministro, ya que deben enviarse a la Delegación del Gobierno de la Comunidad, sita en la provincia de dicho suministro. Entre los supuestos para esta reclamación se encuentran:
Deberás de ponerte en contacto con atención al cliente de la compañía a la que quieras denunciar. Si lo deseas puede ser anónimo. Existen compañías que cantan con teléfonos exclusivos para reclamaciones que podrás utilizar.
Así es, recibirás una serie de avisos antes de que te corten la luz. Si no solucionas el problema antes de que finalice el tiempo acordado te quedarás sin ella.