Expediente de acometida es el proceso a través del cual se gestiona la instalación de una acometida eléctrica en un inmueble. La acometida es el punto de unión entre la red eléctrica y el suministro que obtendrá el inmueble. Todo el proceso de instalación de la acometida eléctrica tras la solicitud de alta de luz se incluye dentro del expediente de acometida.
El expediente de acometida debe gestionarse con la distribuidora de tu zona. Puede ser el propio usuario quien se ponga en contacto con su distribuidora para abrir el expediente e iniciar la gestión. Sin embargo, suele ser más eficiente que lo realice el instalador que se encargue de las labores de acometida, pues conoce los pasos para tramitar todo de forma más ágil.
El proceso para solicitar un expediente de acometida se inicia con la solicitud a la red distribuidora eléctrica del área geográfica donde se ubica el inmueble. Te facilitamos a continuación cuáles son las principales distribuidoras, su zona de actuación y su número de teléfono, para facilitarte el primer contacto con la que te corresponda.
Distribuidora | Zona de actuación | Teléfono |
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E-Distribución (Endesa) | Andalucía, así como en Aragón, Cataluña, algunas zonas de Extremadura y Baleares | 900 878 119 |
i+DE (Iberdrola) | Castilla y León, Extremadura, Madrid, Castilla la Mancha, Huesca, Navarra, País Vasco, La Rioja, Aragón, Murcia y Comunidad Valenciana | 900 171 171 |
Viesgo (Repsol) | Cantabria, Asturias, Galicia y norte de Castilla y León | 900 505 249 |
E-Redes | Asturias, y algunas zonas de las provincias de Huesca, Alicante, Madrid, Barcelona y Zaragoza | 900 907 003 |
UFD (Naturgy) | Castilla la Mancha, Andalucía, Extremadura, Galicia y Castilla y León | 900 111 999 |
Eléctrica de Cádiz | Cádiz | 900 373 411 |
Esa solicitud se transforma en la apertura del expediente. Los pasos del proceso para habilitar la acometida eléctrica son:
No existe un precio único para el expediente de acometida y la ejecución de las obras posteriores que permitan el acceso al suministro eléctrico. En el precio influyen elementos como:
Además de los costes por obra, hay que sumar los derechos de acometida que se deben abonar a la distribuidora y que figuran en el presupuesto junto al resto de conceptos. Estos derechos de acometida de la luz sí tienen un coste fijo, por kW de potencia que se contrate para la instalación. Se componen de:
Si vamos a contratar una potencia de 4,6kW, los derechos de acometida para esta instalación serían:
El expediente de acometida puede ser necesario o no dependiendo del tipo de vivienda y si la acometida ya está realizada previamente. Fundamentalmente hay dos casos diferenciados:
Sofía Villasur Sofía estudió Publicidad, Marketing y RRPP. Tiene 3 años de experiencia como redactora en Roams. Ahora Sofía es manager de energía. Especialista en el mercado energético, asesora sobre tarifas de luz y gas, así como de las distintas variantes en energías renovables. Además, Sofía es la responsable de contrastar el contenido con las distintas compañías energéticas.